CARTA
PÚBLICA DE UN PRESÓ POLÍTICO AL DIRECTOR GENERAL DEI INPEC Y AL
DIRECTOR DEL COMEB- PICOTA
General
JORGE
LUIS RAMÍREZ
Director
General del instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC)
Doctor
CÉSAR
AUGUSTO CEBALLOS
Director
del Complejo Carcelario y Penitenciario Metropolitano de Bogotá
COMEB-Picota
Atento
saludo.
El
pasado sábado 31 de Octubre recibimos con dolor y sorpresa la
noticia de la muerte cerebral del interno Pablo Javier Gómez
Sánchez, un preso social con quien compartíamos reclusión en el
patio 14 del Complejo Metropolitano de Bogotá que usted dirige.
Pablo Javier – quien falleció días después- estaba condenado a
37 años de cárcel y era padre de tres hijos que hoy tristemente lo
ven retornar a la libertad, a costa de sacrificar el valor más alto
que tiene el ser humano: la vida. A través de sus compañeros de
celda pudimos corroborar lo que muchos de nosotros ya presentíamos,
esto es, que hubo negligencia en la atención brindada al interno por
el INPEC-CAPRECOM, pese a la pronta reacción de los pabelloneros
situación que precipitó el fatal desenlace.1
Para
empezar, el médico de turno tardó cerca de media hora en atender la
emergencia, dejando en claro que el Establecimiento Reclusorio de
Orden Nacional (ERON) no garantiza la atención de urgencias las 24
horas del día. Como si esto fuese poco el galeno dispuso el traslado
del paciente desde guardia interna – en la planta baja – hacia el
área de sanidad, ubicada en el séptimo piso. No se requiere de gran
imaginación para comprender las dificultades que supuso desplazar el
cuerpo ya casi inerte del interno, en medio de convulsiones y
ensopado en agua - sangre; y menos aún cuesta entender una situación
que hemos venido denunciando por años y es la falta de
infraestructura sanitaria y de personal idóneo para una atención
médica adecuada y oportuna, porque ¿a qué mente lúcida se le
ocurre instalar el área de sanidad en un séptimo piso? Sin contar
con los medios apropiados para trasladar pacientes en delicado estado
de salud hasta ese lugar? A estas limitaciones habría que sumar los
múltiples obstáculos interpuestos por el personal de guardia y
custodia para atender la urgencia con la celeridad que lo requería,
así como la ausencia de una ambulancia para la remisión del interno
al Centro Hospitalario del Tunal, con el fatídico desenlace que es
del conocimiento de ustedes.
La
normatividad vigente establece que las personas privadas de la
libertad debemos gozar de una atención médica integral que supone
el cuidado, la prevención, la conservación y la recuperación de la
salud, y es el Estado quien debe garantizar este derecho, más
todavía por las condiciones de sometimiento que tenemos frente al
mismo los presos. No obstante lo anterior, el denominador común de
las cárceles y penitenciarias Colombianas es la sistemática
violación de este derecho expresada en la insuficiencia de personal
médico general y especializado, la carencia de medicamentos, la
falta de sistematización de las historias clínicas, las
irregularidades en la asignación de citas, entre muchas otras.
Suelen
ustedes excusar estas falencias, aduciendo que la crisis en la
atención médica es un problema de orden Nacional que competen a
CAPRECOM2
desconociendo las responsabilidades que les corresponde como
superiores jerárquicos de la guardia penitenciaria y funcionarios
competentes encargados de ejecutar el cumplimiento de las medidas de
aseguramiento y concomitante a ello el garantizar el derecho a la
salud de las personas privadas de la libertad. De conformidad con el
Artículo 52 y los artículos 104 y siguientes de la ley 65 de 1993 y
sus desarrollos jurisprudenciales.
Seamos
sinceros, General Ramírez, en el INPEC no existe una cultura de
respeto a los derechos humanos sino una infame política
penitenciaria basada en el cobro de venganza contra quienes – en el
contexto del conflicto armado y social que padece el país – han
sido sus adversarios tanto en el campo político como en el militar.
Por eso no sorprende que las cárceles colombianas los presos seamos
tratados como “enemigos internos” máxime cuando osamos reclamar
nuestros derechos o ¿Cómo explica general, que mientras el INPEC
manifiesta de manera farisea que no cuenta con presupuesto para
remisión de internos a centros de atención especializada o para que
se les practique exámenes diagnósticos y cirugías, al mismo tiempo
adelanta costosos operativos de seguridad para el traslado de esos
internos a otros centros penitenciarios, como castigo por exigir
atención médica?.
De
lo anterior puede dar fe el prisionero de guerra de las FARC – EP,
Orlando Albeiro Traslaviña quien padece una grave afectación
visual. Ante las reiteradas negativas del INPEC para su remisión a
citas de control (el grimiendo, el falaz argumento que no había
trasporte ni personal para adelantar la diligencia) inició una
huelga de hambre que se prolongó 14 días, hasta que finalmente las
directivas del INPEC se comprometieron a dar solución a su problema.
No obstante, pocos días después entro a su celda un grupo del GRI
(Grupo de reacción inmediata) y sin darle tiempo de sacar sus
elementos personales, lo condujo a una unidad de castigo donde se le
mantuvo por varios días hasta que se ordenó su traslado a otro
Centro Penitenciario. Actualmente Traslaviña ha perdido el 80% de su
visión por falta de controles médicos, comprometiendo la córnea
que le fue trasplantada gracia a una acción de tutela.
Y
es que el Sistema Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), como
establecimiento público adscrito al Ministerio del Interior y
Justicia se ha convertido en un gulag para la vulneración de los
derechos fundamentales, donde ni la Corte Interamericana pareciera ya
tener injerencia. No de otra forma se entiende el trato que recibe el
prisionero de guerra José Ángel Parra Bernal, quien pese a contar
con medidas cautelares de este organismo internacional, se le sigue
privando del imatinib
hasta por lazos de un meses, siendo un medicamento que debe ingerir
diariamente para controlar su leucemia mellitus crónica, enfermedad
terminal que padece hace más de diez años.
Pese
a la gravedad de los hechos aquí referidos, la salud no es el único
derecho vulnerado en el ERON - PICOTA de Bogotá, ya que si bien el
código penitenciario señala en su artículo 5 que “en los
establecimientos de reclusión prevalecerá el respeto a la dignidad
humana, a las garantías constitucionales y a los derechos humanos
universalmente reconocidos”, lo que observamos día a día en los
centros penitenciarios del país es todo lo contrario. De esto da
cuenta la estructura física que nos sirve como lugar de reclusión,
y que desafía los estándares mínimos para el tratamiento de las
personas privadas de la libertad, donde la falta de luz natural y
ventilación es la característica predominante, generando espacios
no aptos para la salud y la convivencia, si además de ello tenemos
en cuenta que apenas disponemos de un reducido espacio que cumple a
un mismo tiempo las veces de comedor, peluquería, zona de tránsito,
área de esparcimiento y practica de deporte, sitio de estudio,
lugar de secado de ropas y hasta la realización del culto religioso.
En
lo que va corrido del año la ESE San Cristóbal a emitido
reiteradamente conceptos sanitarios desfavorables contra este centro
penitenciario por incumplimiento de las condiciones sanitarias las
cuales reúne una serie de factores de riesgo como son las
deficiencias en la infraestructura (baños, pisos, paredes, techos,
iluminación, ventilación, temperatura)3.
Todo ello para no hablar de
los racionamientos en el suministro del agua, líquido vital del cual
solo disponemos tres veces al día para el aseo personal, el lavado
de ropa, la limpieza de las celdas y las áreas de uso común.
Contrasta esta severa regulación con el desperdicio generado por las
averías y filtraciones en las tuberías.
Este
fue ¡vaya ironía! el modelo de
mejoramiento del sistema penitenciario Colombiano que
se diseñó y ejecuto bajo las administración presidenciales de
Andrés Pastrana (1998 – 2002) y Álvaro Uribe Vélez (2002 –
2010) para dar respuesta a la sentencia T-153 (1998) de la Corte
Constitucional, a través de la cual se declaró el “estado de
cosas inconstitucional” en los Centro carcelarios y Penitenciario
del país. Dicho modelo incluyó – cabe a notar- el asesoramiento
técnico y material del Bureau Federal de Prisiones de los Estados
unidos.
Pero
si estas estructuras de concreto no garantizan un ambiente digno para
las personas privadas de la libertad, menos lo hacen para familiares
y amigos que nos visitan, quienes deben padecer los abusos
sistemáticos cometidos por los guardias de turno, siendo su actitud
más enconada cuando se trata de niños a quienes se les ha obligado
a botar la comida. De este trato inhumano no escapan las personas de
la tercera edad, quienes permanentemente son objeto de insultos
porque no se someten a los ritmos que imponen estos profesionales de
la represión. ¿Y qué ha hecho señor Ceballos para detener los
abusos de sus subordinados contra esta población vulnerable que son
los niños y ancianos? Las numerosas quejas respetuosas que hemos
elevado contra el oficial Julián Chaves, comandante de vigilancia
del ERON y principal propiciador de estos abusos –a decir del
mismo cuerpo de custodia y vigilancia-, ni siquiera han merecido una
respuesta suya, lo que nos hace suponer que la vulneración de los
derechos humanos a infantes y adultos mayores es una política del
establecimiento que usted dirige.4
Podría
enumerar otros atropellos que diariamente cometen los funcionarios
del INPC en este establecimiento de reclusión, pero ¡Quién lo
creyera? Las restricciones que imponen la guardia para el ingreso del
papel boom, las libretas de notas, y hasta los lápices me obligan a
ser breve en mis apreciaciones. En la cárcel “todo lo prohibido es
negocio” y por estos artículos debo pagar 2,3 y hasta cuatro veces
más de su valor real en el mercado.
Y
ya que hablamos de prohibiciones, resulta un verdadero adefesio que
ustedes invoquen razones de seguridad para prohibir el ingreso de los
libros y publicaciones periódicas. Ni en los peores momentos de la
inquisición medieval se llegó a tales extremos. Razón tienen una
colega al afirmar que en la mente de muchos funcionarios públicos
“existe un procuradorcito Ordoñez”, dispuesto a censurar,
perseguir y eliminar toda aquello que parece como divergente.
Hoy
en este centro carcelario donde me encuentro resulta mucho más fácil
conseguir una papeleta de bazuco que una revista Semana
e incluso el Tiempo
y el Espectador, cuando
un visitante trae consigo algunos de estos ejemplares la guardia
tiene el desfachatez de exigirle que lo depositen en la basura so
pena de bloquear el acceso del visitante al establecimiento
penitenciario. Ni que decir de la prensa alternativa, la literatura
especialidad y los materiales de estudio. Estos sí que no tienen la
más mínima oportunidad de circulación, perjudicando a muchos
presos que hemos hecho de la lectura un medio privilegiado para
nuestra preparación y desarrollo intelectual.
Por
supuesto no les niego que en las encomiendas semestrales ustedes
autorizan el ingreso hasta de tres libros. Por el contario, tan
celosos han sido ustedes en el cumplimiento de esta normativa que
cuando los cuerpos contrainsurgentes del GRI (Grupo de Reacción
Inmediata) o el CORES (Cuerpo de Remisiones Especiales) ingresa a
ser requisas en los patios, y encuentra que un interno cuenta con un
número mayor de lo estipulado, le advierten que solo puede dejar
tres libros en su celda, los demás son embalados en una bolsa negra
enviados a un deposito donde tarde o temprano terminaran alimentando
a los roedores.
Sepan
ustedes que con esta normativa están vulnerando el derecho de los
reclusos a la información y a la comunicación con el mundo
exterior, máxime cuando en los patios del ERON la correspondencia de
los internos solo es recepcionada una vez a la semana, aunque en
ocasiones puede transcurrir más de tres semanas sin que un preso
pueda enviar o recibir una carta como sucedió en el mes de octubre
que acaba de concluir.5
Esto a pesar de encontrarnos
la llamada sociedad de la información.
Y
no sigan recurriendo al manido sofisma que los internos pueden tener
un radio de pilas y que disponen de siete teléfonos para su contacto
con el mundo exterior, porque ni los radios ni las pilas las
proporciona el INPEC, ni mucho menos los presos están en condiciones
de pagar un servicio de telefonía cuyo costo es superior al promedio
del mercado, esto sin contar con las deficiente calidad del
servicio. Bien saben ustedes que la gran mayoría de los reclusos
que están privados de la libertad en estos Centros de Reclusión
provienen de los estratos económicos más pobres (prueba de ello es
que los peligrosos delincuentes de cuello blanco y mente oscura, como
los empresarios Nule no hayan pisado un ERON), y apenas si logran
sobrevivir en el día a día.
Dicho
sea de paso, el sistema carcelario y penitenciario no ofrece
condiciones para que el interno genere sus propios ingresos bien
sea para él o sus familiares. Esto no obstante contar con un valioso
recurso humano con aptitudes para el trabajo en madera, cuero,
fibras, papel y telares. Desafortunadamente el ingreso de estos
materiales cuyos costos no solo corren por cuenta del preso sino que
están restringidos y sometido a las cadenas de corrupción de los
funcionarios del INPEC.
Frente
a estas graves situaciones los presos hemos recurrido a mecanismos
legales y constitucionales de Protección de derechos de las personas
privadas de la libertad. No obstante, cada vez son mayores los
obstáculos que interpone el INPEC para limitar e incluso bloquear el
acceso a estos recursos. Así por ejemplo la dragoneante Sandra
Franco adscrita a la oficina jurídica no admite derechos de petición
en los días regulares desconociendo que este es un derecho que tiene
todo ciudadano, consagrado en el artículo 23 de la Constitución
Nacional, y el cual le posibilita elevar peticiones, quejas,
reclamos, consultas y solicitar información.
Pero
si los derechos de petición difícilmente son recepcionados, menos
aún podemos esperar respuesta a ellos, por lo que en muchos casos
nos vemos precisados a entablar acciones de tutela, y cuando a través
de ella logramos amparar nuestros derechos fundamentales, el INPEC se
niega sistemáticamente a cumplir con lo ordenado por el juez, por lo
que se hace indispensable presentar un incidente de desacato para
garantizar su cumplimiento, generando un desgaste en la
administración de justicia.
Este
procedimiento ha hecho tanta carrera entre los funcionarios del
INPEC, que algunos guardias a sabiendas que están afectando el
derecho de un interno, en el colmo del cinismo, desafían al preso
para que interponga una tutela que ampare dicho derecho. Entre tanto
lo “marcan” (señalan) con sus colegas, y automáticamente
suspende los beneficios a los demás internos del patio como
mecanismos de presión para que el preso retire la tutela, poniendo
incluso en peligro la integridad personal del denunciante.6
En una actitud que nos
recuerda los comportamientos de los SS Alemanes en los campos de
concentración Nazi.
La
experiencia nos muestra, General Ruíz Ramírez, que son numerosos
los recursos que las mismas directivas del INPEC utilizan para
castigar a aquellos presos que se atreven a denunciar las
arbitrariedades cometidas diariamente en los centros de reclusión,
cuales pueden ir desde el traslado de cárcel –alejando al interno
de su núcleo familiar y afectivo- hasta la realización de falsos
positivos dentro de los patios. Este último mecanismo ha sido
empleado contra el preso político Willington Villarreal, a quién se
le involucro en un supuesto plan de fuga por el hecho de denunciar
las agresiones físicas de que fue objeto por parte del personal de
guardia y custodia, sancionándole con la pérdida de 120 días de
redención y sometiéndolo a tratos inhumanos y degradantes como el
de mantenerlo durante seis días en una celda de tratamiento
especial, sin luz eléctrica ni agua potable, sin servicio sanitario,
teniendo que defecar en una bolsa plástica.
Otro
caso digno de recordarles es el del guerrillero del ELN Isaid Alberto
Angulo quién ha librado una titánica batalla jurídica contra el
INPEC, razón por la cual se le ha hostigado y estigmatizado al punto
que en una comunicación que usted, señor Augusto Ceballos, envió a
la Defensora del Pueblo (Regional Bogotá), lo presenta de manera
desobligante y temeraria como un preso “social” que “desde el
momento que llegó viene adoptando una actitud desafiante, amenazante
y de prevención, comportamiento que no ha sido posible se preste
para dialogar”.7
¿En qué ha consistido la actitud desafiante y amenazante de este
preso político? ¿Acaso, en los centenares de derechos de petición
y tutelas que ha interpuesto para solicitar el amparo de sus derechos
y el de sus visitas, incluyendo una denuncia por delito sexual ante
la Fiscalía a funcionarios de las requisas femeninas, que se
extralimitaron en las mismas, y en la cual lo vinculo a usted como
director del ERON, por ser representante legal y no tomar las más
mininas medidas para contrarrestar el problema?8.
A raíz de esta serie de
denuncias se le ha obstruido su clasificación en mediana seguridad,
recurriendo también a Falsos positivos, porque como le manifestara
verbalmente la sargento Sonia del CET (Consejo de Evaluación y
Tratamiento) al mencionado presos que si seguía enviando “papeles
chimbos a la Dirección General lo iba a clasificar cuando ella
quisiera.9
En
mi caso personal no solo he sido objeto de acciones similares sino
que mi calidad del Servidor Público ha sido reconocida para aplicar
medidas sancionatorias en mi contra (como la de inhabilitarme por
trece años para ejercer cargos públicos) mientras dicha condición
ha sido desconocida por ustedes para negarme beneficios como el de
estar recluido en un establecimiento de reclusión especial (ERES).
Peor aún, he sido confinado en una estructura de máxima seguridad
atendiendo no a mi situación jurídica (Absuelto en primera
instancia, condenando por rebelión en segunda instancia y
actualmente sujeto sud judise)sino
a los registros calumniosos de los medios oficiales de comunicación
donde me señalan de ser “Alias ´Jaime Cien Fuegos´ Profesor de
Sociología que hace parte de la Comisión Internacional de las
FARC”, como lo reconoce la Sub
directora del COMEB, Mayor Magnolia Angulo en su carta de respuesta a
una petición impetrada por la FCSPP.10
¿Realmente
creen ustedes que violando los principios constitucionales e
irrespetando la dignidad humana de las personas privadas de la
libertad podrán contribuir a la construcción de una paz estable y
duradera en el país? Es hora ya que desde sus puestos de dirección
replanten sus políticas represivas y las reorienten hacia políticas
de contenido humanista y social, que privilegien la concreción de
los Derechos Humanos sobre los temas de seguridad y de creación de
nuevos centros penitenciarios que desconocen los principios y buenas
practicas sobre las personas privadas de la libertad.
General
Jorge Luis Ramírez, Dr. Cesar Augusto Ceballos.
Como
colombiano, como sociólogo, como preso político, pero
fundamentalmente como ser humano sensible al dolor y a cualquier
injusticia humana, me indigna estos atropellos que se viene
cometiendo en el ERON – PICOTA y de más cárceles del país, bajo
la mirada cómplice e indiferente de ustedes; por esta razón expreso
mi decisión publica de sumarme a la jornada de desobediencia y
huelga de hambre indefinida, iniciada por los prisioneros de guerra
de las FARC – EP, que tiene como propósito la liberación
inmediata de los enfermos terminales y lisiados de guerra; al mismo
tiempo que acepto la responsabilidad que me ofrecen de ser uno de los
voceros de esta jornada.
Quisiera
terminar esta misiva recordándoles las palabras del escritor
Estadounidense y premio nobel de literatura, William Faulkner: “hay
ciertas cosas que no deben nunca consentirse: la injusticia, la
afrenta, la deshora, la ignominia. Ni por la fuerza ni por el dinero;
simplemente hay que negarse a consentirlas”.
Miguel
ángel Beltrán Villegas
Preso
político colombiano
Cárcel
de máxima seguridad ERON – PICOTA
Bogotá,
noviembre 9 del 2015
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